Los interesados/as solicitarán a este Ayuntamiento, por escrito y con la suficiente antelación, la instalación municipal a alquilar, indicando:
- Identificación de la persona física o jurídica que solicita la instalación, D.N.I./C.I.F., domicilio y teléfono de contacto.
- En la propia instancia el solicitante reconocerá su responsabilidad ante el Ayuntamiento por los posibles daños, perjuicios e incumplimientos que se produjeran por el mal uso del material y será responsable solidario del pago de la sanción que se estableciera, si procede, en su caso.
- Una vez presentada la solicitud en el Registro del Ayuntamiento, será autorizada o denegada por la Alcaldía del Ayuntamiento. Se motivará la causa de denegación.
- En caso de coincidencia de dos o más solicitudes que tengan por objeto el alquiler de la misma instalación municipal, se aplicará como criterio decisorio la fecha y número de entrada de la primera solicitud presentada en el Registro Municipal. En todo caso, el Ayuntamiento tendrá prioridad absoluta para su uso.
- La persona física o jurídica o su representante deberá concertar con el personal del Ayuntamiento la forma de entrega de las llaves de la instalación municipal.
- Asimismo, a la recepción y devolución de las llaves se comprobará por el funcionario correspondiente el estado de la instalación a alquilar.
- Descripción de la instalación solicitada, finalidad, día de utilización y firma de la solicitud.
Todas las personas físicas y jurídicas a las que se autorice el alquiler de la instalación, deberán cumplir las normas generales contenidas en esta ordenanza, y en concreto:
- Utilizar las instalaciones de acuerdo a sus características, evitando causar molestias a los vecinos/as, especialmente en cuanto al volumen de la música y ruidos en general.
- Encargarse de la custodia, mantenimiento y limpieza de la instalación, devolviéndola limpia y perfectas condiciones de uso en la fecha estipulada.
- No ceder a terceros, ni total ni parcialmente, el material prestado bajo su responsabilidad directa.
- Comunicar al Ayuntamiento de El Robledo cualquier anomalía, incidencia o problema que surja o se detecte con carácter previo o durante su uso a efectos de determinar la posible responsabilidad, en su caso.
- Devolver la instalación al Ayuntamiento una vez finalizado su uso, en el día fijado.
- Abonar el precio establecido.
- Abonar la fianza por importe de 100€ con carácter previo al alquiler de la instalación solicitada.
- Las asociaciones oficiales estarán exentas del pago del precio público y la fianza
- RESPONSABILIDAD CIVIL Y FIANZA
- Las personas físicas, jurídicas o su representante autorizado responderán en caso de rotura o deterioro, debiendo reponer o corriendo con los gastos de su reparación.
- En el caso de la existencia de desperfectos, en los cinco días hábiles siguientes a la entrega de llaves, el Ayuntamiento comunicará al solicitante, en su caso, la relación de desperfectos, daños o falta de material que se hubiera detectado. Esta comunicación de daños podrá ser objeto de alegaciones por el solicitante en el plazo de siete días hábiles siguientes a la notificación de daños. Transcurrido dicho plazo la Alcaldía dictará resolución determinando los daños o perjuicios sufridos por el Ayuntamiento, determinando su valor y exigiendo el pago por compensación a la persona física, jurídica o representante en su caso.
- La fianza prestada por el solicitante no será devuelva hasta que haya concluido el plazo fijado en el apartado anterior, de cinco días hábiles siguientes a la recepción de llaves, una vez comprobado que el mismo se encuentra en las mismas condiciones que cuando se prestó inicialmente.